SOLICITUD ADSCRIPCIÓN AL ERE

Una vez presentada la solicitud ¿puedo echarme atrás?

DESEMPLEO

Cálculo de la prestación por desempleo

Puedes calcular la prestación en esta página del SEPE https://sede.sepe.gob.es/GesUsuariosSEDE/GestionUsuariosTrabajaWeb/intro_seguridad.do

No es necesario identificarse. Pero si lo quieres puedes usar Clave, Certificado Digital y DNI Electrónico.

Tienes un manual de ayuda en esta páginahttps://www.sepe.es/contenidos/personas/prestaciones/pdf/guia_uso_simulador_prestaciones.pdf

Información preliminar para trámites desempleo

Son dos trámites diferentes, uno ante la Comunidad Autónoma donde residas, y otro ante el SEPE.

En la oficina de empleo de la Comunidad Autónoma (con diferente nombre en cada una de ellas) te darás de alta como demandante de empleo.

  • Puedes darte de alta por internet con tu Certificado Digital o DNI Electrónico
  • Puedes darte de alta, si quieres, incluso antes de tu fecha de salida.
  • Desconocemos los trámites presenciales por los protocolos Covid, pero antes de la pandemia, era necesaria la cita previa en muchas oficinas de empleo.

Posteriormente, en el SEPE, y estando ya registrado como demandante de empleo, podrás solicitar la prestación por desempleo que te corresponda.

Actualmente no sabemos como funciona el alta en el SEPE y la solicitud de prestación por internet. En el ERE del 2018 casi nadie consiguió hacer este trámite por internet, a pesar de que lo anunciaban como que sí se podía. En realidad los trámites del SEPE son un auténtico dolor de muelas. Afortunadamente, en la mayoría de los casos, solo necesitaréis pasar una vez por dicho trámite.

¿La prestación por desempleo tiene retención en el IRPF?

No, la prestación por desempleo no está sometida a retención por el IRPF. Si se descuenta la cuota del trabajador a la Seguridad Social.

Es importante saber que, aunque no esté sometido a retención en el IRPF, el desempleo si hay que incluirlo en la base imponible del trabajo en la declaración del IRPF

Más información sobre el desempleo

En la siguiente página podéis encontrar información sobre el desempleo que se recopiló tras el ERE 2018

PENSIÓN

Cálculo de la pensión

Puedes calcular la pensión futura. Puedes usar los datos actuales o ir modificando la cotización futura. Como eres afectado por ERE, recuerda que debes indicar (en el momento apropiado) que el cese en el trabajo ha sido involuntario.

Para usarlo, necesitas usar el Certificado Digital, DNI Electrónico o Cl@ve

https://sede-tu.seg-social.gob.es/wps/portal/tussR/tuss/Login/!ut/p/z1/hY5BDoIwEEXPwoKl7aChMe4aY0Q0RoJG7MYUrQVTKWkr57dRl6Czm_nv_QxmuMCs4V0tuat1w5XfT4yctxFdREkOu-U-nUOWpOSwnq-icRbj4z-A-RgGhoL32RsZaMgJ-QI_OlLMpNLl513alJOpxMyImzDCoKfx58q51s5CCMGKq0BWyJHVl5orJHWJhA2hT620dbjoN3D7KOAeq25Dg-AFbgAhPQ!!/dz/d5/L2dBISEvZ0FBIS9nQSEh/?_ga=2.6977074.1633848011.1625221926-755757776.1620918248

Me faltan meses de cotización para jubilarme anticipadamente

En el momento de escribir esto, para jubilarte anticipadamente necesitas haber cotizado, al menos, 38 años y 6 meses a la Seguridad. Social.

Si te faltan meses puedes optar por varias soluciones.

1.- Cotizar mediante un convenio especial con la seguridad Social, a tu costa hasta que cumplas el mínimo de tiempo. Tampoco es necesario que cotices al máximo. Si solo es por completar el tiempo, podrías cotizar por el mínimo, el efecto lo puedes calcular tú mismo con la calculadora que hemos puesto más arriba.

2.- Solicitar, si cumples las condiciones, el subsidio de desempleo para mayores de 52 años (OJO….puede que el acuerdo del ERE te impida solicitarlo, mucha atención)

3.- Si has prestado el servicio militar obligatorio (o prestación social sustitutoria o el equivalente en mujeres), puedes solicitar que, para la jubilación anticipada te computen los meses que prestaste servicio.

Puedes ver más información sobre esto en esta página https://loentiendo.com/mil-servicio-militar-obligatorio-prestaciones-seguridad-social/